Convenios Internacionales en materia laboral pesquera se abordan en Europa

Convenios Internacionales en materia laboral pesquera se abordan en Europa

La Comisión Europea, mantuvo una reunión para lograr implementar convenios internacionales en materia laboral pesquera, convenios que hasta ahora tienen pocos países ratificados o aún no han entrado en vigor. Los participantes sociales del sector pesquero en la Unión Europea, fueron la europêche y ETF, donde también se reunieron con representantes de la Organización Marítima Internacional (OMI), Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

Ment van der Zwan, director del grupo de empleadores, dijo: “Estoy muy contento de ver a los principales internacionales responsables de la toma de decisiones colaborando activamente con la industria pesquera, para hacer de la pesca una industria más segura y sostenible. Sin embargo, no podemos darnos el lujo de perder impulso: es hora de pasar de las palabras a la acción”.

Reglamentación en materia laboral pesquera no fue certificada

Las legislaciones indispensables para ser implementadas y ratificadas a nivel internacional en materia laboral pesquera, son: el Acuerdo OMI de Ciudad del Cabo, el Acuerdo de la FAO sobre medidas del Estado del puerto para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y el trabajo de la OIT en el Convenio de pesca C188, en ellas debe trabajarse exhaustivamente, para lograr verdaderos cambios en la industria.

El resultado del acuerdo alcanzado por los interlocutores sociales en Europa, fue el Convenio sobre el trabajo en la pesca C188 de la OIT, que hoy en día se ha introducido en la legislación de la UE a través de una orientación por parte del sector pesquero, para lograr satisfacer las necesidades principales de la industria pesquera.

Es importante saber, que el Acuerdo de Ciudad del Cabo no entró en vigor hasta la fecha, a pesar de las modificaciones introducidas en 1993 y 2012, así que, aún se aplica en el acervo de la Unión Europea mediante la Directiva 97/70 de la Comisión Europea.

Pescadores migrantes

En la actualidad se solicita a la Comisión Europea a aplicar el mismo enfoque al Convenio internacional de la Organización Marítima Internacional, que trata sobre normas de formación, certificación y guardia para el personal de los buques pesqueros (STCW-F) y a introducirlo mediante una directiva. De la misma forma, la comisión también refirió que los avances realizados en la “Reunión tripartita sobre cuestiones relacionadas con los pescadores migrantes” organizada por la OIT en Ginebra en el mes de septiembre del año 2017 fueron excelentes.

Seguidamente en las conclusiones de la resolución adoptada en Ginebra, los interlocutores sociales de la Unión Europea, solicitaron a la Comisión Europea que adoptara disposiciones de aplicación relacionadas con el convenio en materia laboral pesquera de la OIT y ayudara a las agencias de las Naciones Unidas a elaborar pautas sobre cómo reclutar correctamente a los pescadores migrantes y la importancia en la realización de un examen médico para los pescadores y también la aplicación de las disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo y prevención de accidentes establecidas en la OIT C188, lo que daría mucha más estabilidad, crecimiento, la seguridad en la industria pesquera y sobre todo las condiciones laborales de los trabajadores que hacen vida en este sector tan importante.

Comentarios:

-En materia laboral pesquera, la legislación indispensable para ser implementada y ratificada a nivel internacional es el Acuerdo OMI de Ciudad del Cabo.

-El resultado del acuerdo alcanzado por los interlocutores sociales en Europa, fue el Convenio sobre el trabajo en la pesca C188 de la OIT.

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